EDUCACIÓN. Más de 800 escolares de los centros de la provincia tenían el curso 2015-2016 dificultades de aprendizaje.c La consejería sigue analizando los últimos datos tras introducir novedades para su atención.
El número de alumnos con necesidades específicas de apoyo educativo (acneae) alcanzó el curso 2015-2016 casi el 4 por ciento (3,71 %) del alumnado escolarizado en la provincia, incluida la Formación Profesional y otras enseñanzas, según la estadística publicada este mes por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
J.ARNAL 16/07/2017
HUESCA.- Los datos de este curso 2016-2017, según confirmaron fuentes del departamento de Educación, todavía no están disponibles. Tras los cambios introducidos y novedades como la recuperación de la atención temprana o los límites de acneaes por centro, todavía tienen que recopilarse y analizarse.
Conviene aclarar que, según la legislación educativa, dentro del alumnado acneae se incluyen también los alumnos con necesidades educativas especiales (acnees), aquellos que tienen alguna discapacidad y trastorno grave de la conducta, la personalidad o el desarrollo. Más de 440 estaban integrados el curso 2015-2016 en los centros ordinarios (1,28 %). Además de las diferencias mencionadas, los acnee, que pueden escolarizarse en centros de educación especial, combinada u ordinarios, requieren no sólo del correspondiente informe de evaluación psicopedagógica sino un dictamen de escolarización elaborado por profesionales de orientación.
Aparte estarían los más de 800 alumnos (2,43 %) con necesidad de apoyo por trastornos del desarrollo del lenguaje y la comunicación, trastornos del aprendizaje -entre otras cosas, en la lectura, la expresión escrita o el cálculo, por ejemplo, los disléxicos-, incorporación tardía al sistema educativo, por condiciones personales o de historia escolar, o con altas capacidades, sumando más de 1.200 estudiantes.
Entre los casos más numerosos, según la estadística recogida en esta página, destacaría el 1,36 por ciento de los alumnos de Primaria y Secundaria que tenían trastornos del aprendizaje. Más del 1,2 requería ayuda por una situación de desventaja socio-educativa y un 0,64 por ciento por incorporación tardía al sistema educativo. Estos datos tienen mayor peso, por la proporción con el número total de alumnos, en el caso de los centros concertados. Así, casi el 2,5 por ciento (2,46 %) de sus estudiantes tenía trastornos del aprendizaje y el 1,85 % estaba en situación de desventaja socio-educativa.
Unas cifras que realmente no reflejan la realidad de centros como Pío XII, ya que durante ese curso casi el 35 por ciento de su alumnado requería de apoyo educativo, o la del IES Lucas Mallada, que superaba también el umbral de alerta para la administración educativa, el 20 por ciento. En la ciudad, con datos de diciembre de 2016, un 9,5 por ciento del alumnado escolarizado era acneae.
SENTENCIAS DEL 2014
Conviene recordar que fue en diciembre de 2014 cuando el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) emitió dos sentencias, tras el recurso de la amypa del Pío XII, que anulan las órdenes de admisión de alumnos de los cursos 2011-2012 y 2012-2013, recurridas por la amypa, y que obligan al Gobierno de Aragón a fijar una proporción concreta de alumnos con necesidades de apoyo educativo en los centros sostenidos con fondos públicos.
En noviembre de 2016 el mismo tribunal requirió a Educación para la ejecución forzosa de las sentencias. Desde la Consejería de Educación han recordado en numerosas ocasiones las medidas que se han tomado para responder a los autos del TSJA como el refuerzo de los equipos de atención temprana o el convenio firmado con el ayuntamiento oscense para la detección anticipada de posibles casos con la ayuda de Servicios Sociales. También se trabaja en la publicación del nuevo Decreto de Inclusión.
Siguiendo con el proceso judicial, el tribunal aragonés, antes de resolver si Educación ha cumplido con las sentencias, demandó a final del curso pasado información a Educación sobre lo realizado. La respuesta del Departamento basaba su argumentación en uno de los apartados de la Orden de Escolarización que dice que «los Directores de los Servicios Provinciales dentro de la planificación educativa, y atendiendo a las condiciones socioeconómicas y demográficas del área respectiva, no ofertarán plazas vacantes para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo en las enseñanzas de educación infantil y primaria en los centros que tengan matriculados un porcentaje superior al 20 por ciento de alumnos con necesidad de apoyo educativo en dichas enseñanzas…».
Y para acreditar que todos los centros respetaban ese porcentaje del 20 % , detallaba que los directores de los servicios provinciales, a la vista de la previsión de promoción de alumnos procedentes del curso 2016-2017 de cada centro y en función de las listas definitivas de admitidos y de las nuevas adjudicaciones de los Servicios Provinciales resultantes del proceso de escolarización, certificaron que en todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos «se respeta la proporción concreta de alumnos con necesidad específica de apoyo educativo que haya de escolarizarse».
En concreto, el certificado del Servicio Provincial de Huesca, con fecha 15 de junio, adjuntaba una tabla en la que ningún centro de Huesca sobrepasaba el 20 % y en concreto este centro incluía un 19,57 % total de alumnado acneae. Dato que generó las alarmas en el centro y la comunidad educativa, cuya asociación volvió a reiterar que seguía sin cumplirse el mandato judicial, ya que se fija un porcentaje máximo pero no una proporción concreta, como pedía la sentencia.
Fuente: Diario del AltoAragón, 16/07/2017.